ACTAS DE MEDIACION I. Acta de sesión informativa

ACTAS DE MEDIACION I. Acta de sesión informativa

Escrito por: Rocío Sampere

Actas de mediación (parte I. Acta de sesión informativa)

Ante el proyecto de ley de eficiencia, la ley de mediación y sus principios organizadores  se constituyen más que nunca como una garantía del ciudadano. La capacitación del mediador para contribuir al principio de seguridad  en el escenario de una flexibilidad del procedimiento,  nos invita a reflexionar sobre el proceso formal de mediación: Las Actas.

El principio fundamental que nos regula es el de libertad de forma, pero tendremos que velar por que las partes prestan su consentimiento de forma inequívoca.

La Ley 5/2012 de mediación no nos señala que se levantará acta de la sesión informativa, por el contrario  después en el art 19  recoge expresamente  el acta de sesión constitutiva y el art 22 el acta final.

Así que el art 17 LM establece que el mediador ha de convocar a las partes a una sesión en la que les explicará las causas que pueden afectar a su imparcialidad, de su profesión, formación y experiencia, las características de la mediación, el coste, el procedimiento, las consecuencias jurídicas del acuerdo y el plazo que tienen para firmar el acta de sesión constitutiva.

Siempre se debe ser lector de buena fe, así se nos despeja la duda de la necesariedad del acta de sesión informativa, cuando el art 17 establece que :

En caso de inasistencia injustificada de cualquiera de las partes a la sesión informativa se entenderá que desisten de la mediación solicitada. La información de qué parte o partes no asistieron a la sesión no será confidencial”

Y esto es por la modificación del art 395 LEC

«Se entenderá que, en todo caso, existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiese formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado de pago, o si se hubiera iniciado procedimiento de mediación o dirigido contra él demanda de conciliación.»

¿Cómo sabrá el juzgador en un posible proceso judicial quien no ha comparecido a la sesión informativa si no se levanta acta al efecto? ¿Qué otras circunstancias debe constar en ese documento? ¿Qué ha de constar si todos los interesados comparecen?

Tengamos en cuenta que puede no comparecer una parte a la sesión informativa, o pueden comparecer todas y después no seguir con la mediación.

Así que, sin duda, aunque no se diga expresamente en la norma, la sesión informativa de mediación precisa se extienda un acta en la que conste:

  • Quienes son los mediados o interesados
  • Cuál es el objeto de la mediación
  • Quien no comparece, en su caso.
  • Que se ha cumplido el mandato el art 17 en cuanto a haber dado cumplimiento a la información necesaria.

 

¿Por qué se ha de identificar correctamente a las partes?  Porque cualquier documento que es fuente de obligaciones o de derechos debe hacer constar claramente:

1.- Quienes comparecen y que tienen capacidad legal suficiente. Han de estar las partes correctamente identificadas, constando en el acta las circunstancias esenciales que las identifiquen y faciliten sus datos de localización Cuando son personas jurídicas han de estar correctamente representadas y hemos de recoger el poder con el que comparecen.

2.- Además porque un “contrato” no obliga a quien no está en él, y es esencial que el mediador verifique quien debe estar.

(p.e. si se solicita unas visitas de abuelos a nietos, es obvio que los abuelos deberán estar presentes en la mediación y su voluntad recogida en el acto)

¿Por qué ha de constar el objeto de la mediación? El contenido de cualquier “contrato” ha de estar determinado de forma clara, y ello porque respecto a su objeto obliga a quien comparece.

( p.e. a no interponer acciones sobre el objeto  mientras dura la mediación)

Y  en concreto, en el escenario de la mediación, porque si después las partes se ven obligadas a ir a un procedimiento judicial,  el juzgador debe identificar claramente cuál ha sido el contenido de la mediación, para que no haya una consecuencia jurídica (imposición de costas) no deseada.

(p.e. aquel que acude a una mediación para pedir una venta de un condominio, pero no una reclamación de bienes muebles)

Si existe alguna duda, se estará a la norma de interpretación que es la lectura de buena fe.

(p.e. si no hay nada más que vincule a las partes que un inmueble común, pues se interpretará que es ese el objeto de la mediación)

Además el objeto ha de ser licito, no ir contra el orden público, determinable, aunque puede ampliarse en el seno de la mediación y en actas posteriores, y no debe estar excluido expresamente del ámbito de la mediación.

¿Por qué se puede identificar a quien no comparece?  El legislador deja claro que solo se puede identificar a quien no comparece en el momento de la sesión informativa. En el acta de sesión final sin acuerdo, se dará simplemente por terminada, pero no se pondrá quien no comparece.

Es un juego entre la confidencialidad y las consecuencias legales de no intentar un medio alternativo, y la necesaria identificación de la “premediación”. Y es que no podemos obviar que la sesión informativa es “premediación”, que la mediación solo comienza con el acta de sesión constitutiva.” Y a partir de ahí la confidencialidad es esencial.

 

¿Quién firma el acta de sesión informativa?

Al no existir alusión al acta de la sesión informativa, no se dice que debe constar la firma de los mediados, que, como además pueden no comparecer, es obvio entender que solo es necesaria la firma del mediador, aunque siempre es recomendable que firmen todos los comparecientes.

Firma es una palabra que proviene del latín “firmare” y significa “afirmar”, “dar fuerza”, la RAE lo define como “nombre y apellido o título que una persona escribe de su propia mano en un documento para darle autenticidad o para expresar que aprueba su contenido”

La firma se estampa en un documento para expresar que entendemos lo que éste dice, que aceptamos las obligaciones y los derechos que de él se derivan.

La firma tiene su origen en la antigüedad, se ha pasado por los sellos o la huella digital cuando no se sabía escribir, a la firma “de puño y letra”, es decir caligráfica, que primero estaba reservada a los Monasterios, que eran los únicos que sabían escribir. Hoy,  en la sociedad de la tecnología  tenemos también la firma digital o electrónica.

El mediador debe responder siempre al principio de eficacia, y cuidar el proceso formal de la mediación, su firma garantiza que se han cumplido los requisitos legales, y los requisitos que den validez a lo pactado.

Se recogen en el art 24 de la LM las obligaciones del mediador:

La aceptación de la mediación obliga a los mediadores a cumplir fielmente el encargo, incurriendo, si no lo hicieren, en responsabilidad por los daños y perjuicios que causaren. El perjudicado tendrá acción directa contra el mediador y, en su caso, la institución de mediación que corresponda con independencia de las acciones de reembolso que asistan a esta contra los mediadores. La responsabilidad de la institución de mediación derivará de la designación del mediador o del incumplimiento de las obligaciones que le incumben.”

De ahí que con su firma adverará que el procedimiento se ha desarrollado conforme a la Ley, que se han cuidado y conocido los principios por los que se rige, que el acuerdo conseguido en su caso ha sido bajo el principio de buena fe, cuidando el equilibrio de las partes, que estas conocen sus consecuencias jurídicas.

Quizás en el proceso de mediación, el cumplimiento de los presupuestos formales no sea la parte más “dura”, pero si necesaria, y no podemos permitir que después de que el ciudadano confié en la mediación, haga el esfuerzo de recobrar su protagonismo ante el conflicto, se encuentre con defectos de forma que impidan la eficacia de lo pactado.

 

 

 

ACTA DE LA SESIÓN INFORMATIVA

(conforme a lo establecido en la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles)

PARTE/S QUE SOLICITA/N  LA MEDIACIÓN

Apellidos y nombre o razón social, representante legal.

___________________________________________________________________

D.N.I/Pasaporte/C.I. F /, datos del poder

___________________________________________________________________

Domicilio

___________________________________________________________________

Teléfono                                                     Dirección de correo electrónico

___________________________________________________________________

EXPEDIENTE Nº. – ___________________________________________________
FECHA  y LUGAR .- ___________________________________________________
Otros datos

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

PARTE/S SOLICITADA PARA LA MEDIACIÓN

Apellidos y nombre o razón social

___________________________________________________________________

D.N.I/Pasaporte/C.I. F

___________________________________________________________________

Domicilio

___________________________________________________________________

Teléfono                                               Dirección de correo electrónico

___________________________________________________________________

Otros datos

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

MEDIADORES INTERVINIENTES EN EL PROCESO

Nombre y apellidos

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

Inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia y en posesión de seguro de responsabilidad civil en vigor. Validados por la AMM

 

OBJETO DE CONFLICTO QUE SE SOMETE A LA MEDIACIÓN: sólo a efectos identificativos)

_______________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________

RESULTADO DE LA SESION INFORMATIVA

Habiéndose convocado a las partes por:
–          Correo electrónico
–          Teléfono
–          Carta
–          Otros medios

A

Se tiene por intentada la mediación SIN EFECTO:
1.-  Por incomparecencia a la sesión informativa de :

Justificada    /    Injustificada

2.-   Asistiendo las partes no aceptan la mediación

______________________________________________________________

3.-  A solicitud del mediador

______________________________________________________________

B

Se acepta la mediación y quedan convocados para firmar el acta de sesión informativa

Fecha para la firma del acta de sesión constitutiva:

______ / ____________________ / _________

Firma del mediado/s                                                                    Firma del mediador/es

 

 

(Del acta se sacarán tantas copias como partes, de las cuales se le facilitará una copia a cada parte, y otra se quedarán los mediadores).

En cumplimiento del Reglamento Europeo de Protección de datos (RGPD) y de la Ley Orgánica3/2018, de protecciónde datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales le informamos que los datos personales que las partes nos proporcionen, serán tratados con la finalidad de llevar a cabo el procedimiento de medación, siendo base jurídica del tratamiento el cumplimiento de la relación contractual derivada de esta mediación. Asimismo, le informamos que no realizamos cesiones de datos más allá de las impuestas por la Ley y en el caso en el que sea necesario ceder sus datos a terceros le solicitaremos su consentimiento expresamente. Sus datos serán conservados durante el plazo en que dure el procedimiento de mediación o durante el plazo necesario para cumplir con establecido en la legislación vigente.
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Del mismo modo, le informamos que puede revocar el consentimiento otorgado por los mismos medios por los que puede ejercitar sus derechos. En todo caso, puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos si entiende que sus derechos no han sido atendidos debidamente.

Rocio Sampere

Rocio Sampere

Directora Instituto Mediación AMM (IMAMM)

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  • Posted by AMM
  • On 14 de junio de 2022
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Tags: acta, mediación, proceso formal, sesión informativa